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Promulgan Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal

    Lima, jul. 25 (ANDINA).- El Congreso de la República promulgó hoy la Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal con el objetivo de descentralizar este sector, económicamente viable y generador de empleo sostenible.

    La ley sólo es aplicable para aquellos artesanos que se encuentren inscritos en el Registro Nacional del Artesano, el cual otorgará la Certificación Artesanal.

    En ese sentido, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) es la entidad competente para ejecutar la promoción, orientación y regulación de la artesanía.

    "Con esta ley se busca promover el desarrollo del artesano y de la artesanía en sus diversas modalidades, integrándolos al desarrollo económico del país, facilitándoles el acceso al financiamiento privado, mejorando sus condiciones de productividad, competitividad, rentabilidad y gestión de mercado, entre otros", señala la norma.

    De esta manera, se establece un régimen jurídico que reconoce al artesano como constructor de identidad, tradiciones culturales, que regula el desarrollo sostenible así como la protección y la promoción de la actividad artesanal en todas sus modalidades.

    En cuanto a la promoción de la actividad artesanal, se señala que involucrará procesos culturales así como todas las fases del proceso económico, es decir, producción, comercialización y distribución.

    En este contexto, la ley promoverá que las entidades públicas de todos los ámbitos incorporen el componente de artesanía en los proyectos de desarrollo y promoción del sector turismo.

    Mediante este dispositivo también se crea el Consejo Nacional de Fomento Artesanal, el cual reemplazará al Comité Consultivo de Artesanía y contará con una oficina en cada gobierno regional.

    Este consejo tiene como función proponer la política artesanal del país, evaluar permanentemente el cumplimiento de los objetivos y promover la organización de certámenes para la superación de los artesanos, entre otros.

    Con la finalidad de reconocer esta actividad, el Poder Legislativo institucionaliza el 19 de marzo de cada año como Día del Artesano Peruano.

    Para adecuarse a esta ley, los gobiernos regionales y locales cuentan con un plazo de 120 días a partir de hoy. En el caso del Consejo Nacional de Fomento Artesanal, su instalación no debe sobrepasar los 60 días.

    El reglamento de este dispositivo legal será elaborado por el Poder Ejecutivo en un plazo de 90 días contados a partir de hoy.

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